
La coelgialidad como signo de unidad
Colegiatura Episcopal
- Presentación de la carta solicitud, fundamentando la motivación de colegiarse, acompañada, por lo menos, de dos cartas de obispos miembros y la aprobación de su iglesia.
- Presentación del documento legal de constitución como iglesia (de su país).
- Presentación del documento de identidad.
- Documento, certificado o bula que avale fehacientemente su Sucesión apostólica cumpliendo con las formalidades de la tradición (2 o 3 obispos consagrantes).
- Presentar currículum eclesiástico y civil del Obispo Primado y/o del Obispo delegado como representante (datos identificatorios, formación eclesiástica y civil acompañada de documentación probatoria y trayectoria eclesial).
- El Obispo Presidente o en quien delegue, enviará un informe al conjunto de todas las Iglesias miembros quienes votarán en la forma que corresponda, a través de un sínodo virtual o presencial. Para aprobar la colegiatura del obispo, para ello se requiere del 60% de las Iglesias miembros.
- Al Obispo, se le solicitará el certificado de antecedentes penales o certificado de antecedentes judiciales o el que haga sus veces.
- El Obispo colegiado dará un aporte significativo, para poder enviar su carné, este aporte; corresponde a los gastos de envío y emisión del carné.