La coelgialidad como signo de unidad

Colegiatura Episcopal


  • Presentación de la carta solicitud, fundamentando la motivación de colegiarse, acompañada, por lo menos, de dos cartas de obispos miembros y la aprobación de su iglesia.
  • Presentación del documento legal de constitución como iglesia (de su país).
  • Presentación del documento de identidad.
  • Documento, certificado o bula que avale fehacientemente su Sucesión apostólica cumpliendo con las formalidades de la tradición (2 o 3 obispos consagrantes).
  • Presentar currículum eclesiástico y civil del Obispo Primado y/o del Obispo delegado como representante (datos identificatorios, formación eclesiástica y civil acompañada de documentación probatoria y trayectoria eclesial).
  • El Obispo Presidente o en quien delegue, enviará un informe al conjunto de todas las Iglesias miembros quienes votarán en la forma que corresponda, a través de un sínodo virtual o presencial. Para aprobar la colegiatura del obispo, para ello se requiere del 60% de las Iglesias miembros.
  • Al Obispo, se le solicitará el certificado de antecedentes penales o certificado de antecedentes judiciales o el que haga sus veces.
  • El Obispo colegiado dará un aporte significativo, para poder enviar su carné, este aporte; corresponde a los gastos de envío y emisión del carné.
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